Por motivos de salud, relacionados con sus comisiones o motivos personales, en poco más de 4 ocasiones la mayoría de ediles no han asistido a las Sesiones de Cabildo.
De acuerdo al Artículo 38 de la Ley Orgánica del Municipio Libre, señala que es obligación de los ediles acudir a las sesiones de cabildo y atender sus comisiones.
Víctor H. Gómez/
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Minatitlán, Ver.-De acuerdo a la Ley Orgánica del Municpio Libre, en su Artículo 38 mandara u obliga a los ediles de los ayuntamientos a acudir puntualmente a las Sesiones de Cabildo que sean convocadas por el Presidente Municipal en tiempo y forma de acuerdo a como lo marca la misma ley, además también de obligarlos a atender las comisiones asignadas.
Ocurre que al interior del H. Ayuntamiento de Minatitlán compuesto por el Presidente Municipal, la Síndica Única y 12 regidores (en total 14 ediles, 6 mujeres y 8 varones) que en 4 ocasiones se ha citado a la celebración de 3 Sesiones Extraordinarias de Cabildo, las cuales no se han efectuado por falta de quorum o falta de la mayoría de ediles (50 más 1) para que se realicen dichas sesiones.
En la última convocatoria lanzada el pasado viernes 14 de Agosto del 2020 para que sesionara el cabildo en pleno a partir de las 15:00 horas en la explanada del Palacio Municipal (Sesión Pública) solo se presentaron el alcalde y 2 regidores junto con el Secretario del Ayuntamiento, los demás ediles según se reportó, presentaron un oficio a la Secretaría donde exponen el motivo o motivos de su inasistencia.
De acuerdo a los informes oficiales los regidores; Guadalupe Andrade, Erika Burgoa y Cristián Márquez, se encuentran delicados de salud o están amparados por problemas de salud y han justificado su inasistencia a las Sesiones de Cabildo y actividades propias de sus comisiones.
Tanto el alcalde Don Nicolás Reyes Álvarez como los regidores Raúl Atanasio Rodríguez Rico, Teresa Pérez Baruch, Saúl Wade León y Carlos Prieto Arroniz son quienes asistieron al llamado a sesionar, ya en la penultima convocatoria solo asistieron el alcalde y dos regidores, según la oficialia de parte; los ediles faltantes presentaron oficio justificando su no asistencia.
De acuerdo al abogado, maestro y Doctor en Derecho , exregidor y síndico del ayuntamiento de la ciudad, licenciado Martín Gracia Vázquez, asegura que de acuerdo al Artículo 38 de la Ley Orgánica del Municipio Libre, marca como una obligación de los ediles a asistir a las Sesiones de Cabildo Ordinarias o Extraordinarias a las que convoque el Presidente Municipal en tiempo y forma, además de que también es obligación de los ediles asistir a los actos cívicosa acuerdos y demás eventos convocados por el ayuntamiento.
LAS AUSENCIAS SE LOS EDILES A LAS SESIONES DE CABILDO SON CAUSA DE REVOCACIÓN DE MANDATO.
Así mismo el Doctor en Derecho Martin Gracia Vázquez, refirió que de acuerdo al Artículo 125 de la Ley Orgánica del Municipio Libre se enmarca en su fracción 1 la no asistencia de los ediles a las Sesiones de Cabildo en 3 ocasiones por espacio de 3 meses o en otras circunstancias, como causa o motivo para que el edil se le separe del cargo o se le revoque el mandato del pueblo que lo eligió como edil o en su caso por no cumplir con la o las comisiones que se le encargaron, además del Juicio Político o Declaración de Procedencia entre otras que marca dicho artículo.
Gracia Vázquez agregó que: “Las faltas deben ser calificadas por el cabildo respecto a la causa, sino la considera justificada por mayoría de votos y ocurre tres veces en un plazo de tres meses procede que se informe al Congreso Local, será este quien, analizado el caso, si resulta procedente, puede suspender al edil y llamar al suplente”.
“El congreso debe tomar este acuerdo con votación de mayoría calificada, procede que las califique el cabildo, el plazo que abarca es dentro del mismo, es decir de los tres meses, sean en una semana o más”.
Además, dijo que: “eso debe calificar el cabildo la causa y si acredita que no justifica el permiso su ausencia se le tomará como falta y si acumula tres dentro del plazo de la misma manera, entonces debe comunicarlo al congreso para los efectos legales conducentes”.
Con respecto a las sesiones, preciso el conocido abogado que las ordinarias son obligatorias y las extraordinarias solo cuando asi lo requiera el ayuntamiento y no tienen límite.
Finalmente, cabe destacar que para este Jueves 19 de Agosto se tiene previsto que se convoque para llevar a cabo mínimo 3 a 4 Sesiones Extraordinarias de Cabildo, en las cuales se espera la asistencia de la mayoría de los ediles.