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Villahermosa Tabasco.-La Sección 44 del Sindicato de Trabajadores Petroleros de la República Mexicana rechazó que sus agremiados presenten por primera vez su declaración patrimonial, revela el oficio número 1124/2020 de esa organización, dirigido al licenciado Alejandro Martín Juárez Durán, gerente regional de Relaciones Laborales y Recursos Humanos Sureste de Petróleos Mexicanos (Pemex).
En el documento, fechado el 18 de junio y entregado al día siguiente, la sección sindical asegura que ha revisado cuidadosamente los términos del oficio DCAS-SCH-243-2020 –de fecha 14 de abril de 2020–, “que ustedes enviaron a la Representación Sindical” en el cual se les requiere la declaración patrimonial, y concluyó que los sindicalizados de Pemex no están obligados a legalmente a ello.
El análisis, indicó, se dio luego de recibir “numerosas quejas de nuestros representados, trabajadores petroleros dentro de nuestra jurisdicción sindical, sobre el hostigamiento incesante que la administración está ejerciendo sobre ellos por medio de sus tirillas de pago, en las cuales les requieren que presenten su declaración patrimonial”.
La Sección 44 agregó que en el primer párrafo del oficio DCAS-SCH-243-2020, la autoridad petrolera aseguró que la Ley de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos considera a todos los trabajadores de Petróleos Mexicanos, y sus empresas productivas subsidiarias, sujetos obligados a realizar la declaración de situación patrimonial. “Esta afirmación es falsa, por lo tanto agradeceremos que lo precisen con sustentos de ley”.
Más adelante refirió que “en el segundo párrafo, ustedes mencionan que dieron de alta los datos personales de los trabajadores en un sistema diferente al de la empresa, sin consentimiento alguno, poniendo en riesgo los intereses personales de cada uno de ellos”.
La Sección 44 aseguró que “la relación de trabajo de las personas que pertenecen al Sindicato se sustenta en el artículo 123, apartado A, de la Constitución federal, la Ley Federal del Trabajo, así como en el Contrato Colectivo de Trabajo celebrado entre Petróleos Mexicanos por sí y en representación de sus empresas productivas subsidiarias y el Sindicato de Trabajadores Petroleros de la República Mexicana”.
Por ello, advirtió, “los empleados de Pemex, a través del Sindicato, no están obligados a presentar declaración patrimonial, puesto que no les aplica el artículo 108 de la Constitución federal. En consecuencia, la Sección 44 del STPRM no puede aceptar el contenido del oficio en cuestión”.
El doctor Carlos Pérez Téllez, subdirector de Producción Región Sur; y el ingeniero Gilberto Martín Pérez Ramírez, gerente del Complejo Procesador de Gas Nuevo Pemex, también recibieron copia del documento signado por José del Pilar Córdova Hernández, secretario general de la Sección 44; y José Jesús Zamudio Aguilera, secretario del Interior y Acuerdos.